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Comedores escolares y dieta sin gluten: ¿Qué dice la ley?

Seguridad alimentaria

La dieta sin gluten en casa suele ser fácil de realizar. El problema aparece al salir fuera. Una de las mayores incertidumbres que pueden surgir en familias con niños y niñas celiacos es en los comedores escolares y escuelas infantiles.

El artículo 40 de la ley 17/2011 de Seguridad alimentaria y nutrición establece las siguientes medidas que deben cumplir los comedores escolares relativas a menús especiales, en este caso, en la dieta sin gluten:

  • Se requerirá el informe médico del alumno/a donde se especifique la intolerancia, alergia alimentaria o enfermedad celiaca.
  • El centro educativo programará de manera detallada y mensual los menús para alumnos celiacos y será lo más similar al menú basal (menú apto para personas que no tienen ninguna patología).
  • La información de los alimentos y productos utilizados en estos menús deberá estar siempreaccesible y a disposición de los progenitores o tutores legales del alumno/a.
  • Si el comedor no dispone de las condiciones adecuadas para llevar a cabo unas buenas prácticas de manipulación y ofrecer un menú sin gluten seguro y libre de contacto cruzado, deberá de proporcionar al alumno/a un espacio de uso exclusivo para refrigerar y calentar la comida, así como disponer de utensilios exclusivos para la manipulación de los mismos.

Así pues, los comedores escolares deben ofrecer menús alternativos y de características nutricionales similares al menú basal a aquellos alumnos que acrediten su patología con un informe médico. En aquellos centros que no dispongan de los medios suficientes para poder ofertarlos de manera segura deberán poner a disposición del alumno/a medios suficientes para almacenar y calentar su propia comida.

Fuente imagen: freepik

Autor: FACE

Más información: celiacos.org

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